03/01/2013 | | Instituciones

Propondrán cambios en la ley vial para maquinaria agrícola

Es para agilizar el transporte sin poner en riesgo la seguridad en las vías de comunicación del país. Además, hay que adaptar la norma a las nuevas características de las unidades utilizadas en el campo, las cuales son de mayores dimensiones.

Es para agilizar el transporte sin poner en riesgo la seguridad en las vías de comunicación del país. Además, hay que adaptar la norma a las nuevas características de las unidades utilizadas en el campo, las cuales son de mayores dimensiones.

La circulación y transporte de maquinaria agrícola genera preocupación y para evitar inconvenientes es común observar mayor movimiento de las unidades los días feriados, tal como ocurrió el 1 de enero.

Productores, fabricantes y autoridades del sector conocen la realidad y coinciden en que se necesitan cambios urgentes.

En ese sentido, el Consejo Vial Federal evaluará cambios en la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449, que regula el tamaño y la circulación de las máquinas agrícolas, con la intención de agilizar el transporte “sin poner en riesgo la seguridad en las vías de comunicación de todo el país”.

La idea fue planteada por el director de Vialidad de Entre Ríos, Jorge Rodríguez, quien también ejerce la presidencia del Consejo Vial Federal. Rodríguez anticipó que presentará a legisladores nacionales la iniciativa para modificar el Decreto Reglamentario Nº 79/98 de Ley Nacional de Tránsito que establece las condiciones para la circulación de grandes maquinarias por las rutas argentinas. “El desarrollo constante del sector agropecuario y el crecimiento de los volúmenes de cosecha tienen su correlato en la fabricación de máquinas agrícolas cada vez más grandes”, señaló el funcionario.
La solicitud surgió luego de una reunión del titular de Vialidad Provincial y el directivo de Federación Agraria Argentina (FAA), seccional Paraná, Alfredo Bell. “Hay una legislación que establece un ancho de la maquinarias sobre el cual se otorgan los permisos para circular. Pero hoy se fabrican máquinas de mayor tamaño”, coincidió Bell.
La intención es plantear en el seno del Consejo Vial Federal la idea reformar la legislación. El Decreto Nº 79/98 que establece las condiciones para la circulación, define a la maquinaria agrícola como “aquellos equipos utilizados en las tareas agrarias, incluyendo accesorios, acoplados, trailers y carretones específicamente diseñados para el transporte de maquinarias agrícolas o partes de ellas”.
También señala que “el ancho máximo para esta modalidad de transporte es de 3,5 metros. La maquinaria agrícola que supere este ancho deberá ser transportada en carretones de 4,3 metros de ancho, y será considerada como una carga de dimensiones excepcionales…”.
Respecto de los permisos para el transporte de maquinaria agrícola sobre carretón (para maquinaria de entre 3,50 m y 4,30 m de ancho), “tendrá una validez de tres meses y podrá ser renovado una sola vez, por igual período, debiendo coincidir con la vigencia de los seguros de responsabilidad civil de cada uno de los elementos que compongan el transporte”, expresa la norma. La autoridad competente para la autorización de permisos en las rutas provinciales es la Dirección Provincial de Vialidad (DPV).
Cada año ocurren accidentes con maquinarias a raíz de la diferencia en la velocidad con que avanzan los automóviles o camiones y la maquinaria agrícola, que lo hace mucho más lentamente. De acuerdo a la ley vigente la mínima es de 20 kilómetros por hora, mientras que la máxima en rutas y autopistas llega a los 110 y a los 130 kilómetros por hora, aunque hay automóviles que superan largamente esas velocidades. De esta manera, es habitual que se produzcan choques en cadena.

 

 

 

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